Programa de 14 puntos para prevención de violencia contra mujeres en ámbito familiar

TODOS LOS GOBIERNOS DEBEN:

  • Condenar la violencia contra las mujeres en el ámbito familiar

Los funcionarios del Estado y los líderes políticos de todos los ámbitos, nacional, regional y local, deben condenar la violencia doméstica de forma pública y sistemática, haciendo hincapié en su gravedad.
Deben reconocer que la violencia doméstica es una violación de los derechos humanos y, en consecuencia, no constituye una cuestión privada, sino un asunto de interés público. Los funcionarios no deben invocar costumbres, tradiciones o creencias religiosas para evadir su responsabilidad de eliminar la violencia contra las mujeres.

  • Aumentar el conocimiento público de la violencia doméstica

Deberían iniciarse campañas generalizadas de concienciación en
escuelas, universidades, foros ciudadanos y lugares de trabajo con el fin de denunciar la violencia doméstica, eliminar la estigmatización de las mujeres que han sufrido violencia y alentar a las sobrevivientes a buscar reparación. Deben utilizarse todos los medios de comunicación disponibles, entre ellos la prensa, Internet, conferencias y debates, y las campañas deben contar con la participación de líderes comunitarios, políticos municipales, periodistas y la sociedad civil.

Toda la información debe resultar fácilmente accesible y estar disponible en las lenguas locales.

  • Utilizar el sistema educativo para cuestionar los prejuicios

Deben elaborarse e incorporarse a los programas de estudios de
todos los niveles del sistema de enseñanza materiales educativos
destinados a prevenir la violencia en el ámbito familiar y poner en
tela de juicio los planteamientos que consideran aceptable esta violencia.
El cuerpo docente y demás personal de la enseñanza deben
formar parte del esfuerzo para vencer los prejuicios y estereotipos que relegan a las mujeres y a las niñas a papeles subordinados y facilitan la violencia doméstica.

  • Abolir la legislación que discrimina a las mujeres

Todas las leyes, incluidas las leyes penales, civiles, de familia y de vivienda deben revisarse para asegurar su conformidad con los principios de derechos humanos. Deben enmendarse todas las leyes, reglamentos y procedimientos que discriminen a las mujeres o permitan que persista la discriminación, así como toda ley que facilite o perpetúe la violencia contra las mujeres. Cuando proceda, deben promulgarse leyes que garanticen la igualdad para las mujeres.

  • Asegurar que la violencia doméstica constituye delito

Hay que asegurar que, tanto en el derecho como en la práctica,
todas las formas de violencia doméstica se consideran violaciones
de derechos humanos y constituyen delito, que los actos de violencia doméstica se investigan, juzgan y castigan de acuerdo con la gravedad del delito, y que las víctimas reciben una reparación adecuada. Todas las denuncias deben ser procesadas con igual determinación y exhaustividad, con independencia del lugar del país en el que resida la mujer.

  • Investigar las denuncias de violencia doméstica y procesar a los responsables

Hay que garantizar que la policía proporciona un ambiente seguro y confidencial en el que las mujeres puedan denunciar la violencia
doméstica, que es obligatorio hacer constar todas las denuncias de este tipo de violencia, y que se investigan todas ellas con prontitud, imparcialidad y eficacia. Cuando se hayan recogido suficientes pruebas admisibles, debe procesarse a los sospechosos de conformidad con las normas internacionales sobre garantías procesales, sin posibilidad de imponer la pena de muerte o castigos corporales, y garantizando al mismo tiempo que las condenas sean proporcionales a la gravedad del delito. En caso de sobreseimiento deben hacerse públicas las razones.

  • Eliminar los obstáculos que impiden los procesamientos por actos de violencia doméstica

Deben investigarse las razones por las cuales los índices de denuncia, procesamiento y condena por actos de violencia doméstica son tan reducidos, y deben abordarse los obstáculos y defectos detectados por dichas investigaciones. Deben reformarse los procedimientos judiciales y las reglas de prueba, de modo que no desalienten a las mujeres de presentar denuncias. Debería protegerse de intimidación, coacción y represalias a las denunciantes, testigos y otras personas que corren riesgo durante las investigaciones y procesamientos.

Debería existir una estrecha colaboración entre la policía, la
fiscalía y otras autoridades de ámbito local.

  • Proporcionar formación obligatoria a funcionarios en materia de violencia doméstica

Deben instituirse y financiarse programas obligatorios de formación para funcionarios –entre ellos policías, abogados, jueces, personal forense y médico, trabajadores sociales, funcionarios de inmigración y docentes– que les permitan identificar los casos de violencia doméstica, garantizar la seguridad de las sobrevivientes y recoger, salvaguardar,
examinar y presentar las pruebas.

  • Proporcionar fondos adecuados

Deben asignarse fondos adecuados a programas para abordar la violencia doméstica en todos los sectores, entre ellos el sistema de justicia penal, la educación, los servicios sociales, la salud y la vivienda, a través –por ejemplo– de un Plan de Acción Nacional que garantice que la asistencia sea igualmente accesible y de calidad equivalente en todo el país. Los fondos deben ser suficientes como para permitir la aplicación de leyes que protejan a las mujeres de la violencia doméstica y proporcionar a las sobrevivientes el apoyo y las medidas de rehabilitación necesarios.

  • Proporcionar refugios seguros a las mujeres que huyen de la violencia

Deben financiarse y crearse suficientes refugios temporales u otros centros seguros para las mujeres, que no comprometan su intimidad, su autonomía personal ni su libertad de circulación. Estos lugares deben prestar apoyo y asistencia para la recuperación física y mental de las mujeres, y ayudarlas a conseguir acceso a viviendas adecuadas y seguras a más largo plazo.

  • Proporcionar servicios de apoyo a las mujeres

Deben instituirse y financiarse servicios de asistencia a las mujeres que han sido víctimas de violencia en el ámbito de la familia, en colaboración con organizaciones pertinentes de la sociedad civil cuando proceda, de modo que esas mujeres puedan tener acceso al sistema de justicia penal y civil y, cuando sea necesario, a asesoramiento jurídico gratuito en cuestión de divorcio, custodia de menores y herencia. Debe garantizarse que tengan acceso a servicios de salud y de apoyo adecuadamente financiados, incluida la asistencia psicosocial.

Los servicios deben ser accesibles, tanto desde el punto de vista idiomático como cultural, a todas las mujeres que los necesiten.

  • Reducir el riesgo de violencia armada

Deben retirarse todas las armas de fuego de los hogares en los que se han producido actos de violencia doméstica. Debe garantizarse que el personal de salud y de asistencia social formula preguntas sobre la posesión de armas de fuego en las encuestas sobre cuestiones demográficas, sociales y de salud.

  • Recoger y publicar información sobre la violencia doméstica

Hay que asegurar que la violencia doméstica queda plenamente reflejada en los informes y estadísticas oficiales, y que la recolección de información cualitativa y cuantitativa se realiza en un formato normalizado, desglosada según el género y otros factores pertinentes, y puede verificarse. Debe asegurarse que todos los organismos pertinentes del gobierno recogen y publican información y estadísticas sobre la violencia doméstica, que comparten la información y que dicha información es utilizada por los encargados de la formulación de políticas al elaborar programas y políticas con miras a abordar la violencia en el ámbito familiar.

  • Informar a las mujeres sobre sus derechos

Hay que asegurar que las mujeres que han sido víctimas de violencia tienen acceso a información sobre sus derechos y los servicios y apoyo que les corresponden. Debe exigirse que las comisarías de policía, los centros de salud y otros organismos estatales publiquen información sobre los derechos de las víctimas, con inclusión de la gama de medidas de protección disponibles. Debe exigirse que todos los organismos competentes elaboren, apliquen y comprueben el cumplimiento de directrices y procedimientos que abarquen todos y cada uno de los pasos dados al responder a casos de violencia doméstica, y especifiquen las medidas que se tomarán en caso de incumplimiento.

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